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¿Qué es el IVA en México?

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es el principal impuesto al consumo en México, regulado por la Ley del IVA. Se aplica a la enajenación de bienes, prestación de servicios, uso o goce temporal de bienes, e importación de bienes.

La tasa general es 16% y aplica en todo el territorio nacional, salvo en la zona fronteriza donde la tasa es de 8% desde 2019, como parte de un estímulo fiscal para impulsar la competitividad en esas regiones.

¿Cuándo aplica el IVA del 8%?

La tasa fronteriza del 8% aplica en los siguientes municipios, siempre que el acto o actividad se realice efectivamente en esa zona:

¿Qué está exento de IVA?

¿Cómo calculo el IVA manualmente?

Para agregar IVA a un precio base: multiplica por 1.16 (tasa general) o por 1.08 (zona fronteriza). Por ejemplo, $500 × 1.16 = $580 total.

Para desglosar el IVA de un precio que ya lo incluye: divide entre 1.16 (o 1.08) para obtener el precio base. Por ejemplo, $580 ÷ 1.16 = $500 base, y $580 - $500 = $80 de IVA.

Tabla rápida: IVA al 16% de los montos más comunes

Si solo necesitas una referencia rápida, aquí está el IVA ya calculado para los montos más buscados:

Precio sin IVAIVA (16%)Total con IVA
$100.00$16.00$116.00
$250.00$40.00$290.00
$500.00$80.00$580.00
$1,000.00$160.00$1,160.00
$1,500.00$240.00$1,740.00
$2,000.00$320.00$2,320.00
$5,000.00$800.00$5,800.00
$10,000.00$1,600.00$11,600.00

Para el proceso inverso (sabes el total y quieres el precio base), divide entre 1.16: por ejemplo, de un ticket de $1,160.00, el precio base es $1,000.00 y el IVA es $160.00.

Ejemplo práctico: factura de un freelancer

📄 Caso: diseñadora freelance factura $8,000 a una empresa

Paso 1 — IVA trasladado: $8,000.00 × 16% = $1,280.00 de IVA. Subtotal de la factura: $9,280.00.

Paso 2 — Retención de IVA: como factura a una persona moral, la empresa le retiene dos terceras partes del IVA (Art. 1o-A LIVA): $1,280.00 × 2/3 = $853.33 retenidos.

Paso 3 — Lo que recibe: $9,280.00 − $853.33 de IVA retenido = $8,426.67 (antes de la retención de ISR del 10%, que se calcula por separado).

La retención no es dinero perdido: la empresa la entera al SAT a cuenta del contribuyente, quien la acredita en su declaración mensual.

IVA trasladado vs. IVA acreditable: cómo se paga al SAT

Si tienes actividad empresarial, el IVA que realmente pagas al SAT cada mes es la diferencia entre dos montos:

Si trasladaste $10,000 y acreditaste $6,000, pagas $4,000 al SAT. Si acreditaste más de lo que trasladaste, generas un saldo a favor que puedes acreditar en meses siguientes o solicitar en devolución.

La declaración mensual de IVA se presenta a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago (Art. 5o-D LIVA).

Fuentes: Ley del Impuesto al Valor Agregado (arts. 1o, 1o-A, 2o-A y 5o-D) · Decretos de estímulos fiscales región fronteriza norte y sur (DOF) · Portal del SAT (sat.gob.mx).
Última actualización: 13 de julio de 2026. Esta calculadora es de referencia y no sustituye la asesoría de un contador.

Preguntas frecuentes sobre el IVA

La tasa general vigente es 16%. En la zona fronteriza norte y sur aplica 8%. No hubo cambios en las tasas para 2026; se mantienen las establecidas desde 2019 para la franja fronteriza.
El IVA siempre se calcula sobre el precio base (sin IVA). Si tienes un precio que ya incluye el impuesto, primero debes "desglosarlo" dividiendo entre 1.16 (o 1.08) para obtener el precio base, y luego la diferencia es el IVA.
La mayoría de los alimentos sin elaborar pagan IVA a tasa 0%, lo que permite el acreditamiento. Los alimentos con elaboración o procesamiento industrial sí pueden pagar 16%. Refrescos, botanas y alimentos "no esenciales" pagan 16%.
Las personas morales y físicas con actividad empresarial presentan declaración mensual de IVA ante el SAT a más tardar el día 17 del mes siguiente. Las personas físicas con RESICO y Régimen de Plataformas Tecnológicas tienen esquemas simplificados. Las personas físicas asalariadas no declaran IVA.
En tasa 0% el contribuyente puede acreditar el IVA que pagó en sus gastos e insumos (IVA acreditable), lo que puede generar un saldo a favor del contribuyente. En los actos exentos, no se puede acreditar el IVA de los insumos relacionados, lo que representa un costo adicional.
El IVA de $1,000 pesos a la tasa general del 16% es de $160, para un total de $1,160. En zona fronteriza (8%) sería $80 de IVA y un total de $1,080. Si los $1,000 ya incluyen IVA, el precio base es $862.07 y el IVA es $137.93.
Sí. Desde junio de 2020, las plataformas digitales extranjeras que prestan servicios en México (streaming, transporte, hospedaje, apps) están obligadas a cobrar el 16% de IVA a los usuarios mexicanos y enterarlo al SAT.
Cuando tu IVA acreditable (el que pagaste en gastos) supera al trasladado (el que cobraste), generas saldo a favor. Puedes acreditarlo contra el IVA de los meses siguientes o solicitar su devolución al SAT mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED). El SAT tiene 40 días hábiles para resolver.