🎄 Art. 87 LFT · Mínimo 15 días · Pago antes del 20 dic
Calculadora de Aguinaldo México 2026
Calcula cuánto te corresponde de aguinaldo según tu sueldo y tiempo trabajado — con desglose de exención de ISR.
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💡 Exención ISR: Los primeros $0.00 están exentos de ISR (30 días × salario mínimo).
⚠️ Calculadora de referencia. Basada en Art. 87 LFT y tablas SAT 2026. Los resultados son estimados. Consulta a un contador o abogado laboral para tu caso específico.
El aguinaldo es una prestación obligatoria establecida en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Todo trabajador que haya laborado durante el año tiene derecho a recibir un pago equivalente a mínimo 15 días de salario, antes del 20 de diciembre de cada año.
Si el trabajador no llevó un año completo, tiene derecho a la parte proporcional al tiempo trabajado. Por ejemplo, quien ingresó en julio recibirá aproximadamente la mitad del aguinaldo anual.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
La fórmula básica es: Salario diario × días de aguinaldo × (días trabajados en el año ÷ 365).
Año completo: salario diario × 15 días (o los días que otorgue tu empresa)
El salario base para el aguinaldo es el salario ordinario diario, sin incluir bonos variables, horas extra o comisiones eventuales, a menos que sean parte integrante del salario.
¿El aguinaldo paga ISR?
El aguinaldo tiene una exención de ISR equivalente a 30 días de salario mínimo ($7,467.90 aproximadamente en 2026). Si tu aguinaldo supera esa cantidad, el excedente se suma a tu ingreso mensual de diciembre y el patrón retiene el ISR correspondiente.
Para la mayoría de los trabajadores con salario mínimo o cercano a él, el aguinaldo queda dentro del límite exento y no paga impuesto.
¿Qué pasa si el patrón no paga el aguinaldo?
El incumplimiento es una violación a la Ley Federal del Trabajo. El trabajador puede presentar una queja ante la STPS, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o demandar ante el Centro de Conciliación Laboral. El patrón puede recibir multas de 50 a 5,000 veces la UMA diaria.
Preguntas frecuentes sobre el aguinaldo
El aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre de cada año, según el Artículo 87 de la LFT. Muchas empresas lo pagan en las primeras semanas de diciembre o incluso en noviembre.
El aguinaldo se calcula sobre el salario diario base (salario ordinario bruto), no sobre el neto descontado. Incluye las partes integrantes del salario como comisiones fijas, pero generalmente excluye bonos variables y horas extra ocasionales.
Si terminas tu relación laboral antes del 20 de diciembre, tienes derecho a la parte proporcional del aguinaldo correspondiente al tiempo trabajado en ese año. Esto forma parte del finiquito que el patrón debe pagarte al momento de la separación.
No. El aguinaldo es una prestación laboral que aplica únicamente a los trabajadores subordinados con relación laboral bajo la LFT. Los trabajadores independientes (honorarios, personas morales, RESICO) no tienen derecho a aguinaldo por ley, aunque el contratante puede otorgarlo voluntariamente.
Sí. Los 15 días son el mínimo legal; las empresas pueden ofrecer más como prestación superior. Es común que las empresas de gobierno o grandes corporativos ofrezcan entre 25 y 40 días. Si lo tienes por escrito en tu contrato o política de empresa, el patrón está obligado a respetarlo.